
La reciente publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba del Decreto 121/2025 sobre el servicio de cuidados para familias de hijos en situación de discapacidad severa, que reconoce a los padres, madres, abuelos, tutores y apoyos cuidadores como trabajadores remunerados con derecho a jubilación, vuelve a colocar sobre la mesa el trillado —aunque no siempre interiorizado— tema de la atención a quienes cargan con tan necesaria y dura responsabilidad.
Los cuidadores desempeñan un papel fundamental no solo en Cuba, sino en cualquier parte del mundo, brindando apoyo y cuidado a personas enfermas, discapacitadas, ancianas o con necesidades especiales. Su labor a menudo implica un sacrificio personal —la mayoría de ellos se dedican por entero a esta tarea—, llegando a enfrentar desafíos emocionales, físicos y financieros significativos.

Su trabajo resulta esencial para garantizar la calidad de vida y el bienestar de quienes requieren asistencia. Las responsabilidades de un cuidador pueden incluir tareas como ayudar con las actividades diarias, administrar medicamentos y, sobre todo, ofrecer la tan necesaria y a veces infravalorada compañía. Como se puede observar, su labor va más allá de las tareas físicas, pues también se preocupan —y ocupan, que se escribe parecido pero no es lo mismo— por el bienestar emocional de quienes se encuentran bajo su cuidado, permitiéndoles mantener su dignidad y autonomía en momentos difíciles.
Es de esperar, entonces, que muchos, por no decir todos ellos, sufran estrés mental y físico, así como la falta de los recursos adecuados para ejercer correctamente su labor. Además, los cuidadores suelen desempeñar sus tareas de forma voluntaria, lo que conlleva a una carga financiera mayúscula y, muchas veces, a una falta de reconocimiento por su arduo trabajo.
En definitiva, los cuidadores contribuyen a la protección de personas vulnerables y merecen todo el apoyo posible. Su labor desinteresada y dedicación constante prácticamente salvan la vida de aquellos bajo su cuidado.

Corresponde a las autoridades pertinentes respaldarlos de forma adecuada, lo que implica no solo proporcionarles los recursos para realizar su labor de manera efectiva, sino ayudarlos a mantener un equilibrio saludable entre su vida dentro y fuera de la casa.
El Estado debe garantizar su acceso a servicios de atención adecuados, ofrecer oportunidades de capacitación y formación, así como establecer políticas de conciliación laboral y familiar que faciliten su participación activa en la sociedad. La norma aprobada da pasos agigantados en este sentido; mas, urge extenderla a todas las personas que realizan dicha labor, independientemente de su relación con el ser cuidado o el grado de vulnerabilidad de este último, porque, si no lo hacen ellos, ustedes, nosotros, ¿quién cuida a los cuidadores?