Autorizan redistribución de salarios no ejecutados

Pago de salarios en Cuba. Foto: Periódico Trabajadores.

El Consejo de Ministros aprobó la redistribución de inejecuciones del fondo de salarios en unidades del sector presupuestado, como medida para incentivar la estabilidad de la fuerza laboral, publicó hoy la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dicha decisión, contenida en el Acuerdo 10199/2025, fue adoptada el 2 de agosto y entrará en vigor a partir de su publicación, este lunes, en la Gaceta Oficial No. 45 Extraordinaria de 2025.

Según el texto, la redistribución se aplica a trabajadores de todas las categorías ocupacionales en el sector presupuestado, incluidas las unidades con tratamiento especial, y el pago adicional se considera salario a todos los efectos legales, aunque no constituye un sistema permanente ni masivo de retribución.

Ese incentivo busca reforzar la estabilidad laboral en el sector presupuestado, por lo que cada unidad debe aprobar un reglamento interno para la redistribución, previo acuerdo del Consejo de Dirección, donde participa la organización sindical, y su contenido se analiza en la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores, para una vez aprobado, incorporarlo al Convenio Colectivo de Trabajo.

El reglamento interno debe incluir como mínimo: la fuente de financiamiento (inejecuciones del fondo de salarios), la periodicidad del pago (única vez o por período determinado), el procedimiento de otorgamiento basado en alto desempeño, reconocimiento a personal altamente calificado, cargos de mayor responsabilidad y gestión por competencias, las autoridades que certifiquen el ahorro y el cumplimiento de requisitos, y un sistema de control.

Los montos a redistribuir y la cuantía por trabajador deben ser aprobados por el Consejo de Dirección de la unidad, de común acuerdo con la organización sindical.

Estos acuerdos deben fundamentar los criterios, precisar los montos y el período de retribución, e informarse a la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores.

Quedan exceptuados de esta medida los órganos y entidades con tratamientos salariales diferenciados de incrementos de salario, así como las unidades asistenciales y educacionales cuyos profesionales de la salud y personal docente ya reciben beneficios, como el de máximo esfuerzo o sobrecarga de trabajo educativo.

Redistribución de salarios debe estabilizar fuerza laboral

Como una medida que contribuirá a estabilizar la fuerza de trabajo en las unidades presupuestadas y, por consiguiente, impactará favorablemente en la economía cubana, calificaron hoy altos funcionarios la redistribución de inejecuciones del fondo de salarios en este sector.

A la importancia y detalles de esa reciente decisión del Consejo de Ministros aludieron, en conferencia de prensa, Maritza Cruz García, viceministra primera de Finanzas y Precios; Ariel Fonseca Quesada, viceministro de Trabajo y Seguridad Social, y José Antonio Pérez Pérez, miembro de la Comisión Organizadora del XXII Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba.

Coincidieron en señalar que se trataba de un anhelo o petición de muchas entidades, direcciones administrativas y gobiernos locales, en los que el éxodo de personal, entre ellos profesionales de alta calificación, afectaba la calidad de los servicios y la producción en general.

Los directivos aclararon que no es una reforma salarial, sino un salario adicional para quienes en las entidades presupuestadas asumen las labores de otras personas, de plantillas vacías, mientras el fondo con ese fin seguía inejecutándose, por lo cual en lo adelante podrá redistribuirse.

La viceministra primera de Finanzas y Precios recordó que esta medida, al igual que el incremento parcial de las pensiones para la mayoría de los beneficiarios de la Seguridad Social, forma parte de la implementación del Programa de Gobierno dirigido a corregir distorsiones y reanimar la economía.

Tanto ella como el viceministro de Trabajo aclararon que se exceptúan de su beneficio, entre otros, los trabajadores de la salud y de educación que desde principios de año ya reciben incrementos salariales, por máximos esfuerzos o sobrecarga de trabajo.

Aunque en determinados lugares su aplicación pueda ser por única vez, o por un período de tiempo, subrayaron que no tiene un carácter permanente ni masivo, pues solo sería para el personal tanto administrativo como de servicios que ocupe más de una plaza.

El representante del movimiento obrero insistió en que ese monto a redistribuir es una decisión que compete tomar a las administraciones, en común acuerdo con la sección sindical, la aprobación del Consejo de Dirección y su información a los trabajadores en la reunión de afiliados, lo cual también debe incluirse en el Convenio Colectivo del centro.

En correspondencia con el acuerdo del Consejo de Ministros, publicado este lunes en la Gaceta Oficial de la República, son requisitos esenciales priorizar la fuerza de trabajo calificada y que el tratamiento sea individual, es decir, la redistribución del fondo salarial no puede ser lineal sino únicamente para el personal mencionado.

José Antonio Pérez Pérez destacó que la preparación de los cuadros sindicales y administrativos, y la participación de los trabajadores, resultan imprescindibles para evitar distorsiones o errores.

En tanto la medida convida a revisar las plantillas en los centros, en las propuestas para la elaboración del Plan y Presupuesto del 2026 hay que tener en cuenta su impacto y cuán necesaria será continuar implementándola en uno y otro lugar, se dijo en la conferencia de prensa.


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Sobre el autor: Agencia Cubana de Noticias

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