APARTADO 1433: Los profesores no entienden de impagos (Parte I)

APARTADO 1433: Los profesores no entienden de impagos (Parte I)

A la misiva que firma Juan Antonio Díaz Santos, en representación de otros 10 compañeros de labor, no le ha hecho falta edición periodística alguna. Su redacción impecable pertenece a un experimentado profesor del centro mixto Alberto Fernández Montes de Oca, ubicado en el Consejo Popular de Torriente, municipio de Jagüey Grande. Sin divagar en su planteamiento, se introduce muy rápido en las esencias.

“Manifestamos nuestra inconformidad con el no pago, en el mes de diciembre del curso actual —cuando recibimos y se respondió la carta, el curso escolar aún no había concluido—, del dinero que nos corresponde por sobrecarga docente, lo cual está reglamentado por resolución ministerial, y que se venía cumpliendo sin ninguna dificultad.

“Ante la preocupación, los especialistas de la oficina correspondiente del centro, manifestaron que el pago por dicha carga se pagaría con el salario de febrero, y tampoco se hizo efectivo. De la Dirección Municipal de Educación han informado en tres ocasiones que vendrían a la escuela a conversar con nosotros, los trabajadores, pero esto no ha sucedido.

“El referido problema también se le comunicó al Comité Municipal del Partido, a través de la Oficina de Opinión del Pueblo y, además, a la compañera del sindicato municipal que atiende el sector de Educación. A pesar de ello, continuamos sin respuesta ni el dinero que nos corresponde.

“Esta institución educacional presenta dificultades con el completamiento de la plantilla de profesores en el nivel de Secundaria Básica y, gracias a la sobrecarga docente, el proceso fluye. Agradecemos por anticipado la atención al planteamiento, al tiempo que esperamos una respuesta convincente”.

Antes de revelar la respuesta, ofrecemos a los lectores algunos datos de importancia relacionados con la Resolución 10/2024, del Ministerio de Educación (Mined), que ayudan a la comprensión de lo expuesto por Díaz Santos, todos aportados por la compañera Mercedes Pla, sagaz especialista del Departamento de Atención a la Población de la Dirección Provincial de Educación.

“La Resolución 10/24, del Mined, paga el incremento salarial por inejecución del presupuesto a nivel municipal. Se priorizan los siguientes niveles educativos: Primera Infancia, Enseñanza Especial y Enseñanza Primaria, porque en ellos los docentes están ocho horas frente a los alumnos.

“Para efectuar el pago, le antecede un análisis en el Consejo de Dirección municipal, donde se aportan criterios para la selección del nivel educativo que recibirá, entre todos, tal beneficio, lo cual se refleja con número de acuerdo en el acta correspondiente.

“Este procedimiento no tiene carácter retroactivo, pues se trata de la inejecución del presupuesto de un mes. Si el docente simultanea en otro centro del mismo nivel educativo por no cumplir la cantidad de horas clases, ello no contempla pago alguno, según lo establece la Resolución 185/12 del Mined”. (Continuará)     

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Sobre el autor: Fernando López Duarte

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