El nuevo Código de las Familias aboga por un verdadero proceso de construcción de la paternidad/maternidad en un sentido más amplio, donde el afecto es lo que demuestra la efectividad de la familia, opinó Iris María Méndez Trujillo, doctora en ciencias Jurídicas.
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El Derecho de las familias en Cuba se sustenta en un nuevo orden constitucional, tal como lo dispone el artículo 81 de la Ley de Leyes, cuando en su segundo párrafo dice que las familias se constituyen por vínculos jurídicos o de hecho de naturaleza afectiva y se basan en la igualdad de derechos, deberes y oportunidades de sus integrantes, explicó.
.@DiazCanelB: Es un código inclusivo, moderno, humanista, integral, emancipador, necesario, que tiene en cuenta todos los tipos de familias que hay en nuestro país #Cuba #CódigoSí pic.twitter.com/L6uz3jyhB7
— Partido Comunista de Cuba (@PartidoPCC) September 13, 2022
La Jefa del Departamento de Derecho de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Matanzas argumentó que el cariño, respeto y consideración que sustentan una relación sirven como enlace entre los miembros de la familia, por ello la esencia deja de ser el elemento genético, para pasar a ser el sentimiento como forma de vínculo paterno-filial.
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El reconocimiento constitucional del afecto como elemento esencial de cualquier modalidad familiar le garantiza el alcance de categoría jurídica, elemento que se puede alegar, previa demostración, en cualquier proceso de naturaleza familiar, usándolo como fundamento para ampliar la legitimación activa que facilita promover estos asuntos, añadió.
El Código de las Familias que será sometido a Referendo el próximo 25 de septiembre responde a los mandatos de la Constitución y es coherente con las normativas internacionales asumidas por #Cuba. #YoVotoSí #CódigoSí @DiazCanelB pic.twitter.com/qG99DYgy6p
— Dr. Roberto Morales Ojeda (@DrRobertoMOjeda) September 13, 2022
Coherente con la letra de la Constitución vigente desde el 2019, el Código de las Familias protege cada modalidad familiar que exista sobre la base de la creación de instituciones jurídicas donde la afectividad es el elemento esencial, basada en hechos conjugados en el deseo y la voluntad de las personas, que con el tiempo afirma y reafirma vínculos que trascienden a su demostración y por consiguiente a la norma jurídica, argumentó.
Es el Código de los Afectos porque cada una de sus instituciones están encaminadas a proteger a los niños, niñas y adolescentes, a las personas vulnerables, a las personas adultas mayores, a las que se encuentran en situación de discapacidad frente a toda discriminación de orden familiar y social, creando normas jurídicas marcadas por un sólido sentido ético, de inclusión y de respeto a las diferencias, concluyó la profesora titular de Derecho Civil y Familia.
El venidero día 25 acontecerá en Cuba el referendo del Código de las Familias; desde las 7:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde podrán acudir a las urnas para votar todos los ciudadanos mayores de 16 años de edad, con excepción de los impedidos por circunstancias previstas en la Carta Magna y la Ley Electoral.